Empezar por casa
Expertos advirtieron que Suprema Corte uruguaya “no garantiza la independencia
judicial interna”
Ante las últimas decisiones de la
Suprema Corte de Justicia (SCJ), la Red Iberoamericana de Jueces (RIJ), una
organización no gubernamental creada en 2003, decidió visitar Uruguay con el
fin de recabar información y confeccionar un análisis del “estado del sistema
de Justicia en Uruguay”. Los comisionados culminaron su labor el viernes, con
un informe en el que destacan la falta de aplicación del derecho internacional,
la preocupación por la criminalización de la protesta ante decisiones de la SCJ
y los traslados arbitrarios de jueces y fiscales. “Los jueces uruguayos dentro
del Poder Judicial no tienen garantías”, afirmó a la diaria el juez y
comisionado chileno Daniel Urrutia Laubreaux.
La RIJ está integrada por jueces
y operadores jurídicos de Haití, Nicaragua, El Salvador, Perú, Argentina,
Brasil, Bolivia, España, México, Guatemala, Honduras y Chile; y tiene como
principal objetivo la promoción de los derechos humanos y las garantías
judiciales. Comenzó a gestarse en 2003, pero su existencia fue oficializada en
Chile el 27 de marzo de 2004 y sus visitas internacionales se iniciaron en 2009,
tras el golpe de Estado en Honduras.
El juez Urrutia y la actuaria
cordobesa Ana María Jerez llegaron el martes 22 a Uruguay en su calidad de
comisionados ante la RIJ. Mantuvieron encuentros con ministros de la SCJ, con
organizaciones (Serpaj, Institución Nacional de Derechos Humanos, Colegio de
Abogados, Asociación de Magistrados, Asociación de Funcionarios Judiciales del
Uruguay), con los legisladores Ope Pasquet (Partido Colorado) y Óscar López
Goldaracena (Frente Amplio), abogados especializados, jueces y fiscales.
Las conclusiones de la visita
fueron plasmadas en un informe preliminar que
establece como preocupación general que la SCJ “en forma expresa y reiterada
ignora en su actuación jurisdiccional y administrativa el derecho internacional
de los Derechos Humanos y la falta de adecuación del derecho interno a la
Convención Americana sobre derechos Humanos vigente en el país, incumpliéndose
así […] las recomendaciones dispuestas por la Corte Interamericana de Derechos
Humanos en el Caso Gelman”.
En el mismo sentido, hace unas
semanas, el relator especial de la ONU sobre la promoción de la Verdad, la
Justicia, la Reparación y las Garantías de no repetición, Pablo de Greiff,
concluyó que “nada parece amenazar más las posibilidades de progreso en el área
de la Justicia que decisiones recientes de la SCJ” (ver la diaria del
07/10/13). “Las nuestras son conclusiones de observaciones de especialistas en
temas del derecho y tienen un peso ético. Ya no somos islas, en algún momento
damos exámenes ante la comunidad internacional y éste es un examen”, explicó
Urrutia a La diaria. El informe de los comisionados de la RIJ hace referencia a
la denuncia que la SCJ radicó tras las protestas frente a su sede en febrero de
2013, durante la ceremonia donde se concretó el traslado de la jueza Mariana
Mota: “Se observa con especial preocupación la judicialización penal y
pretendida criminalización de la protesta social impulsada por la misma SCJ [y]
llamamos a respetar en toda su extensión el derecho a la legítima protesta
social”.
Supremo mensaje
La RIJ alerta sobre la
“concentración -no reglada y falta de criterios uniformes públicos- de
facultades jurisdiccionales y administrativas de la SCJ”; señala que esto se
manifiesta en la “discrecionalidad para el ingreso, ascensos, traslados y
egresos de la carrera judicial” y que se necesita “mayor transparencia y
rendición de cuentas a través de mecanismos de control ciudadano”. “No es sólo
Mota, cuyo caso tuvo repercusión internacional. Escuchamos otros jueces que nos
dijeron que estaban investigando determinados temas y de repente los ascendieron”,
puntualizó Urrutia a La diaria. El comisionado chileno indicó que nuestra
estructura judicial hace que los jueces uruguayos “tengan que pensar que lo que
resuelvan no tenga un costo para ellos”.
Explicó que la independencia
judicial puede verse afectada mediante actos externos -presiones del Ejecutivo,
por ejemplo- o internos. “En el caso uruguayo, estructuralmente los jueces no
tienen independencia judicial interna. Los jueces pueden sentir que son
independientes y actuar con honorabilidad, pero lo que está en cuestión es que
estructuralmente no se asegura su independencia. La SCJ está dando una señal
equivocadísima: señores jueces, si quieren hacer carrera no apliquen el derecho
internacional. No ocurre en casi ningún otro país del mundo que sin preguntarle
a nadie, sin rendir transparentemente nada, toma a un juez y lo traslada. La
garantía de inamovilidad es una garantía para los ciudadanos, no es
primeramente para el funcionario”.
Otro punto relevante del informe
de la RIJ es el incumplimiento de la SCJ de sus compromisos internacionales.
Uruguay, por intermedio de la SCJ, forma parte de la Cumbre Judicial Iberoamericana,
que en los últimos años aprobó documentos de autorregulación para limitar sus
propias normas. “La SCJ uruguaya no cumple con el Estatuto del Juez
Iberoamericano, ni con el Código de Ética Judicial, ni con la declaración que
conforma las 100 reglas de Brasilia para la mejor administración de justicia”,
señalan los comisionados.
Surtido
Entre las recomendaciones de la
Red Iberoamericana de Jueces (RIJ) se encuentran: garantizar los recursos
humanos y económicos para el funcionamiento de la INDDHH; asegurar el acceso de
las mujeres a los espacios de poder del Poder Judicial y la transparencia del
procedimiento en el nombramiento de los miembros de la SCJ; concretar la
reforma del sistema procesal penal que “no cumple los estándares de garantías judiciales
y del debido proceso”; y asegurar la investigación de los delitos de lesa
humanidad ocurridos durante el terrorismo de Estado.
Lourdes Rodríguez
Fuente: LaDiaria.com.uy
De: El Muerto ||| videoblog de
información alternativa
Conclusiones de la misión de observación de la justicia en Uruguay
En Montevideo, a 25 de octubre de
2013.
Después de tres días en el país,
entrevistando a diferentes actores de la sociedad civil, autoridades y miembros
del poder judicial, l@s comisionad@s informantes comunican al pueblo de
Uruguay, a los pueblos de Latinoamérica y a la comunidad internacional el
siguiente resultado preliminar de su informe acerca del estado de la justicia
en Uruguay:
Que se observa en Uruguay UN
ESTADO DE COSAS NO CONVENCIONAL, al momento en que la Suprema Corte de Justicia
en forma expresa y reiterada ignora en su actuación jurisdiccional y
administrativa, el derecho internacional de los Derechos Humanos y, la falta de
adecuación del derecho interno a la Convención Americana sobre derechos Humanos
vigente en el País.
Incumpliéndose así, a la fecha,
las recomendaciones dispuestas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos
en el Caso Gelman (Sent. 2011) Frente a lo anterior, l@s comisionad@s de la
REDIJ expresan:
1.- Que existe falta de acceso a
la justicia de la víctima en el proceso penal, debiendo urgentemente otorgarse
la calidad de parte legítima del proceso con la extensión prescrita en las
normas de derecho internacional de los Derechos Humanos.
2.- Que la inexistencia de
defensores públicos en los procedimientos administrativos constituye una
limitante al acceso a la justicia.
3.- Que se observa con especial
preocupación la judicialización penal y pretendida criminalización de la
protesta social impulsada por la misma Suprema Corte de Justicia en el caso de
manifestantes que exteriorizaron disenso legítimo en contra de las decisiones
de la misma Corte. Llamamos a respetar en toda su extensión el derecho a la
legítima protesta social.
4.- Concentración -no reglada y
falta de criterios uniformes públicos- de facultades jurisdiccionales y
administrativas de la Suprema Corte de Justicia, que se manifiestan en:
Discrecionalidad para el ingreso,
ascensos, traslados y egresos de la carrera judicial, inobservando el art. 7
del Código Iberoamericano de Ética Judicial del año 2006 suscrito por la
Suprema Corte de Justicia Uruguaya
5.- Traslados infundados que
violentan la garantía de Inamovilidad afectando el derecho de los justiciables,
del Debido Proceso legal, desconociendo en estas resoluciones el art. 16 del
Estatuto del Juez Iberoamericano ( la garantía de inamovilidad del Juez se
extiende a los traslados, promociones y asensos que exigen el libre
consentimiento del interesado..)
Necesidad de mayor transparencia
y rendición de cuentas a través de mecanismos de control ciudadano.
Todo lo cual permite afirmar que
estructuralmente no se garantiza la independencia judicial interna, frente a
las Decisiones de la Suprema Corte de Justicia en el Poder Judicial Uruguayo en
correspondencia con los estándares mínimos aceptados.-
6.- Se observa la necesidad de
que el Estado Uruguayo refuerce su política de derechos humanos, en el sentido
de contemplar por ejemplo, para el mejor cumplimiento de las obligaciones internacionales
del Estado: La creación de un procedimiento expedito de cumplimiento de las
Sentencias y Recomendaciones de los órganos del Sistema Universal de Derechos
Humanos y destinar los recursos humanos y económicos necesarios para el debido
funcionamiento del Instituto de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo.-
7.- Recomendamos, la formación de una Comisión de
Verdad, con la más amplia participación social, que establezca la verdad
histórica de los hechos de violaciones a los DDHH perpetrados en la última
Dictadura Militar, cuyas conclusiones sean de acceso público-
8.- Recomendamos, asegurar la integración de
género en los distintos espacios funcionarios de los Poderes del Estado,
especialmente en la Suprema Corte de Justicia de Justicia, que no es integrada
por ninguna mujer.-
9.- Recomendamos incluir mayor
transparencia al procedimiento de nombramiento de los miembros de la Suprema
Corte de Justicia en audiencia pública con participación de los diferentes
estamentos de la comunidad y como requisito de haber probado en su conducta la
defensa y sumisión a la Constitución y los Tratados Internacionales de DDHH
vigentes.-
10.- Se debe avanzar a la
democratización de las fuerzas armadas y de seguridad, como resultado de una
discusión amplia de la sociedad que garantice la paz social y la no repetición
de abusos.
11.- Recomendamos, la urgente
reforma del sistema procesal penal, que no cumple los estándares de garantías
judiciales y del debido proceso, desde que el mismo juez que instruye las
causas, es el que dicta el fallo condenatorio o absolutorio; además la
configuración del sistema inquisitivo mixto, resulta ineficiente en la
persecución de los delitos.
12.- Se debe garantizar la
independencia y autonomía del Ministerio Publico fuera de la esfera del Poder
Ejecutivo, para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los
ciudadanos.
13.- Recomendamos para una mejor
administración de justicia avanzar en la colegiación obligatoria de los
abogados.
14.- Ante acontecimientos
recientes de interpretación jurídica en el país, afirmamos que:
Los jueces son los primeros
defensores de los derechos humanos y deben asegurar a todas y todos su
cumplimiento irrestricto, lo cual no debe ser confundido con las partes en el
proceso, ante quienes los jueces si tienen obligación de imparcialidad e
independencia.-
15.- Hacemos un llamado a
investigar todos y cada uno de los hechos que significaron delitos de lesa
humanidad, identificar a los culpables y sancionarlos, especialmente a aquellos
que, ejerciendo cargos en el sistema de justicia, como jueces y fiscales,
omitieron sus obligaciones constitucionales y legales, en su deber de proteger
los derechos fundamentales.
16.- La REDIJ apoya decididamente
a los fiscales y jueces uruguayos que investigan delitos de lesa humanidad, y
los alienta a continuar con su trabajo y obligaciones legales para que haya
verdad y justicia en el Uruguay
17.- Recientemente, la Asociación
Nacional de Magistrados de Chile ha pedido perdón por su actuación
institucional de omisión, y de no haber hecho lo suficiente en los casos de
violaciones a los derechos humanos durante la dictadura de Pinochet, en ese
sentido llamamos a las jueces y los jueces del Uruguay a reflexionar
colectivamente respecto de la responsabilidad institucional y personal de los
jueces durante la dictadura uruguaya para impulsar reformas que garantice que
nunca más los jueces se conviertan en cómplices de delitos de lesa humanidad.
18.- Que l@s comisionad@s
observan una serie de trabas institucionales a la democracia en el Uruguay que
se explican en la falta de reflexión ciudadadana una vez terminado el periodo
dictatorial y por tanto invita a todas y todos los ciudadanos a iniciar y
reflexionar acerca del país en el que quieren vivir y deseamos que
participativamente puedan llegar a fundar un verdadero pacto social a través de
un proceso constituyente que asegure un Uruguay con mayor democracia que
destierre las ataduras institucionales y coloniales heredadas.
Finalmente l@s comisionad@s de la
Red Iberoamericana de Jueces llaman a las juezas y a los jueces uruguayos a ser
activos defensores y defensoras de su independencia, pues solo con ella podrán
ser verdaderos guardianes de los derechos de todas y todos en Uruguay.
“Si eres neutral en situaciones de injusticia,
has elegido el lado del opresor”-
Arzobispo Desmond Tutu
Comisionada Ana María Jerez, Argentina
Comisionado coordinador Daniel Urrutia Laubreaux, Chile
Red Iberoamericana de Jueces
Facebook: Red Iberoamericana de Jueces www.redij.org
rediberoamericanadejueces@gmail.com
De: El Muerto ||| videoblog de información alternativa
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