martes, 29 de octubre de 2013

“Donde no hay justicia es peligroso tener razón” - Quevedo



Empezar por casa

Expertos advirtieron que Suprema Corte uruguaya “no garantiza la independencia judicial interna

Ante las últimas decisiones de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), la Red Iberoamericana de Jueces (RIJ), una organización no gubernamental creada en 2003, decidió visitar Uruguay con el fin de recabar información y confeccionar un análisis del “estado del sistema de Justicia en Uruguay”. Los comisionados culminaron su labor el viernes, con un informe en el que destacan la falta de aplicación del derecho internacional, la preocupación por la criminalización de la protesta ante decisiones de la SCJ y los traslados arbitrarios de jueces y fiscales. “Los jueces uruguayos dentro del Poder Judicial no tienen garantías”, afirmó a la diaria el juez y comisionado chileno Daniel Urrutia Laubreaux.

La RIJ está integrada por jueces y operadores jurídicos de Haití, Nicaragua, El Salvador, Perú, Argentina, Brasil, Bolivia, España, México, Guatemala, Honduras y Chile; y tiene como principal objetivo la promoción de los derechos humanos y las garantías judiciales. Comenzó a gestarse en 2003, pero su existencia fue oficializada en Chile el 27 de marzo de 2004 y sus visitas internacionales se iniciaron en 2009, tras el golpe de Estado en Honduras.

El juez Urrutia y la actuaria cordobesa Ana María Jerez llegaron el martes 22 a Uruguay en su calidad de comisionados ante la RIJ. Mantuvieron encuentros con ministros de la SCJ, con organizaciones (Serpaj, Institución Nacional de Derechos Humanos, Colegio de Abogados, Asociación de Magistrados, Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay), con los legisladores Ope Pasquet (Partido Colorado) y Óscar López Goldaracena (Frente Amplio), abogados especializados, jueces y fiscales.

Las conclusiones de la visita fueron plasmadas en un informe preliminar que establece como preocupación general que la SCJ “en forma expresa y reiterada ignora en su actuación jurisdiccional y administrativa el derecho internacional de los Derechos Humanos y la falta de adecuación del derecho interno a la Convención Americana sobre derechos Humanos vigente en el país, incumpliéndose así […] las recomendaciones dispuestas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Gelman”.

En el mismo sentido, hace unas semanas, el relator especial de la ONU sobre la promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de no repetición, Pablo de Greiff, concluyó que “nada parece amenazar más las posibilidades de progreso en el área de la Justicia que decisiones recientes de la SCJ” (ver la diaria del 07/10/13). “Las nuestras son conclusiones de observaciones de especialistas en temas del derecho y tienen un peso ético. Ya no somos islas, en algún momento damos exámenes ante la comunidad internacional y éste es un examen”, explicó Urrutia a La diaria. El informe de los comisionados de la RIJ hace referencia a la denuncia que la SCJ radicó tras las protestas frente a su sede en febrero de 2013, durante la ceremonia donde se concretó el traslado de la jueza Mariana Mota: “Se observa con especial preocupación la judicialización penal y pretendida criminalización de la protesta social impulsada por la misma SCJ [y] llamamos a respetar en toda su extensión el derecho a la legítima protesta social”.

Supremo mensaje

La RIJ alerta sobre la “concentración -no reglada y falta de criterios uniformes públicos- de facultades jurisdiccionales y administrativas de la SCJ”; señala que esto se manifiesta en la “discrecionalidad para el ingreso, ascensos, traslados y egresos de la carrera judicial” y que se necesita “mayor transparencia y rendición de cuentas a través de mecanismos de control ciudadano”. “No es sólo Mota, cuyo caso tuvo repercusión internacional. Escuchamos otros jueces que nos dijeron que estaban investigando determinados temas y de repente los ascendieron”, puntualizó Urrutia a La diaria. El comisionado chileno indicó que nuestra estructura judicial hace que los jueces uruguayos “tengan que pensar que lo que resuelvan no tenga un costo para ellos”.

Explicó que la independencia judicial puede verse afectada mediante actos externos -presiones del Ejecutivo, por ejemplo- o internos. “En el caso uruguayo, estructuralmente los jueces no tienen independencia judicial interna. Los jueces pueden sentir que son independientes y actuar con honorabilidad, pero lo que está en cuestión es que estructuralmente no se asegura su independencia. La SCJ está dando una señal equivocadísima: señores jueces, si quieren hacer carrera no apliquen el derecho internacional. No ocurre en casi ningún otro país del mundo que sin preguntarle a nadie, sin rendir transparentemente nada, toma a un juez y lo traslada. La garantía de inamovilidad es una garantía para los ciudadanos, no es primeramente para el funcionario”.

Otro punto relevante del informe de la RIJ es el incumplimiento de la SCJ de sus compromisos internacionales. Uruguay, por intermedio de la SCJ, forma parte de la Cumbre Judicial Iberoamericana, que en los últimos años aprobó documentos de autorregulación para limitar sus propias normas. “La SCJ uruguaya no cumple con el Estatuto del Juez Iberoamericano, ni con el Código de Ética Judicial, ni con la declaración que conforma las 100 reglas de Brasilia para la mejor administración de justicia”, señalan los comisionados.

Surtido
Entre las recomendaciones de la Red Iberoamericana de Jueces (RIJ) se encuentran: garantizar los recursos humanos y económicos para el funcionamiento de la INDDHH; asegurar el acceso de las mujeres a los espacios de poder del Poder Judicial y la transparencia del procedimiento en el nombramiento de los miembros de la SCJ; concretar la reforma del sistema procesal penal que “no cumple los estándares de garantías judiciales y del debido proceso”; y asegurar la investigación de los delitos de lesa humanidad ocurridos durante el terrorismo de Estado.

Lourdes Rodríguez

Fuente: LaDiaria.com.uy


De: El Muerto ||| videoblog de información alternativa


Conclusiones de la misión de observación de la justicia en Uruguay

En Montevideo, a 25 de octubre de 2013.

Después de tres días en el país, entrevistando a diferentes actores de la sociedad civil, autoridades y miembros del poder judicial, l@s comisionad@s informantes comunican al pueblo de Uruguay, a los pueblos de Latinoamérica y a la comunidad internacional el siguiente resultado preliminar de su informe acerca del estado de la justicia en Uruguay:

Que se observa en Uruguay UN ESTADO DE COSAS NO CONVENCIONAL, al momento en que la Suprema Corte de Justicia en forma expresa y reiterada ignora en su actuación jurisdiccional y administrativa, el derecho internacional de los Derechos Humanos y, la falta de adecuación del derecho interno a la Convención Americana sobre derechos Humanos vigente en el País.
Incumpliéndose así, a la fecha, las recomendaciones dispuestas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Gelman (Sent. 2011) Frente a lo anterior, l@s comisionad@s de la REDIJ expresan:

1.- Que existe falta de acceso a la justicia de la víctima en el proceso penal, debiendo urgentemente otorgarse la calidad de parte legítima del proceso con la extensión prescrita en las normas de derecho internacional de los Derechos Humanos.

2.- Que la inexistencia de defensores públicos en los procedimientos administrativos constituye una limitante al acceso a la justicia.

3.- Que se observa con especial preocupación la judicialización penal y pretendida criminalización de la protesta social impulsada por la misma Suprema Corte de Justicia en el caso de manifestantes que exteriorizaron disenso legítimo en contra de las decisiones de la misma Corte. Llamamos a respetar en toda su extensión el derecho a la legítima protesta social.

4.- Concentración -no reglada y falta de criterios uniformes públicos- de facultades jurisdiccionales y administrativas de la Suprema Corte de Justicia, que se manifiestan en:
Discrecionalidad para el ingreso, ascensos, traslados y egresos de la carrera judicial, inobservando el art. 7 del Código Iberoamericano de Ética Judicial del año 2006 suscrito por la Suprema Corte de Justicia Uruguaya

5.- Traslados infundados que violentan la garantía de Inamovilidad afectando el derecho de los justiciables, del Debido Proceso legal, desconociendo en estas resoluciones el art. 16 del Estatuto del Juez Iberoamericano ( la garantía de inamovilidad del Juez se extiende a los traslados, promociones y asensos que exigen el libre consentimiento del interesado..)
Necesidad de mayor transparencia y rendición de cuentas a través de mecanismos de control ciudadano.

Todo lo cual permite afirmar que estructuralmente no se garantiza la independencia judicial interna, frente a las Decisiones de la Suprema Corte de Justicia en el Poder Judicial Uruguayo en correspondencia con los estándares mínimos aceptados.-

6.- Se observa la necesidad de que el Estado Uruguayo refuerce su política de derechos humanos, en el sentido de contemplar por ejemplo, para el mejor cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado: La creación de un procedimiento expedito de cumplimiento de las Sentencias y Recomendaciones de los órganos del Sistema Universal de Derechos Humanos y destinar los recursos humanos y económicos necesarios para el debido funcionamiento del Instituto de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo.-

7.-  Recomendamos, la formación de una Comisión de Verdad, con la más amplia participación social, que establezca la verdad histórica de los hechos de violaciones a los DDHH perpetrados en la última Dictadura Militar, cuyas conclusiones sean de acceso público-

8.-  Recomendamos, asegurar la integración de género en los distintos espacios funcionarios de los Poderes del Estado, especialmente en la Suprema Corte de Justicia de Justicia, que no es integrada por ninguna mujer.-

9.- Recomendamos incluir mayor transparencia al procedimiento de nombramiento de los miembros de la Suprema Corte de Justicia en audiencia pública con participación de los diferentes estamentos de la comunidad y como requisito de haber probado en su conducta la defensa y sumisión a la Constitución y los Tratados Internacionales de DDHH vigentes.-

10.- Se debe avanzar a la democratización de las fuerzas armadas y de seguridad, como resultado de una discusión amplia de la sociedad que garantice la paz social y la no repetición de abusos.

11.- Recomendamos, la urgente reforma del sistema procesal penal, que no cumple los estándares de garantías judiciales y del debido proceso, desde que el mismo juez que instruye las causas, es el que dicta el fallo condenatorio o absolutorio; además la configuración del sistema inquisitivo mixto, resulta ineficiente en la persecución de los delitos.

12.- Se debe garantizar la independencia y autonomía del Ministerio Publico fuera de la esfera del Poder Ejecutivo, para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los ciudadanos.

13.- Recomendamos para una mejor administración de justicia avanzar en la colegiación obligatoria de los abogados.

14.- Ante acontecimientos recientes de interpretación jurídica en el país, afirmamos que:
Los jueces son los primeros defensores de los derechos humanos y deben asegurar a todas y todos su cumplimiento irrestricto, lo cual no debe ser confundido con las partes en el proceso, ante quienes los jueces si tienen obligación de imparcialidad e independencia.-

15.- Hacemos un llamado a investigar todos y cada uno de los hechos que significaron delitos de lesa humanidad, identificar a los culpables y sancionarlos, especialmente a aquellos que, ejerciendo cargos en el sistema de justicia, como jueces y fiscales, omitieron sus obligaciones constitucionales y legales, en su deber de proteger los derechos fundamentales.

16.- La REDIJ apoya decididamente a los fiscales y jueces uruguayos que investigan delitos de lesa humanidad, y los alienta a continuar con su trabajo y obligaciones legales para que haya verdad y justicia en el Uruguay

17.- Recientemente, la Asociación Nacional de Magistrados de Chile ha pedido perdón por su actuación institucional de omisión, y de no haber hecho lo suficiente en los casos de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura de Pinochet, en ese sentido llamamos a las jueces y los jueces del Uruguay a reflexionar colectivamente respecto de la responsabilidad institucional y personal de los jueces durante la dictadura uruguaya para impulsar reformas que garantice que nunca más los jueces se conviertan en cómplices de delitos de lesa humanidad.

18.- Que l@s comisionad@s observan una serie de trabas institucionales a la democracia en el Uruguay que se explican en la falta de reflexión ciudadadana una vez terminado el periodo dictatorial y por tanto invita a todas y todos los ciudadanos a iniciar y reflexionar acerca del país en el que quieren vivir y deseamos que participativamente puedan llegar a fundar un verdadero pacto social a través de un proceso constituyente que asegure un Uruguay con mayor democracia que destierre las ataduras institucionales y coloniales heredadas.

Finalmente l@s comisionad@s de la Red Iberoamericana de Jueces llaman a las juezas y a los jueces uruguayos a ser activos defensores y defensoras de su independencia, pues solo con ella podrán ser verdaderos guardianes de los derechos de todas y todos en Uruguay.

 “Si eres neutral en situaciones de injusticia, has elegido el lado del opresor”-
 Arzobispo Desmond Tutu

Comisionada Ana María Jerez, Argentina
Comisionado coordinador Daniel Urrutia Laubreaux, Chile

Red Iberoamericana de Jueces
Facebook: Red Iberoamericana de Jueces www.redij.org
rediberoamericanadejueces@gmail.com

De: El Muerto ||| videoblog de información alternativa







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