Castigo y civilización. Una lectura crítica
sobre las prisiones y los regímenes carcelarios. John Pratt, Barcelona, Gedisa,
2006
Por Lucas Guardia
La liberté, la vie nouvelle, la résurrection
d'entre les morts…
Fiodor Dostoievsky, Souvenirs de la maison des
morts, 1861
a) Aquello oculto
tras el velo
Las
representaciones por las cuales se ejerce una modalidad específica de sujeción
de los cuerpos, adquieren con la racionalidad determinado marco de legitimidad.
En este escenario, el racionalismo burocrático determinará las formas
imperantes en las cuales la civilización impone los marcos de normalidad.-
En dicho camino,
John Pratt advierte las posibilidades de castigo y su relación con la
civilización sin perder el rastro histórico por el cual el disciplinamiento
penetra en las sociedades.-
Su punto de partida
resulta de la declaración realizada por David Blunkett (Home Secretary
británico) ante la posibilidad de que asesinos menores de edad sufran posibles
ataques en virtud de su liberación: "no estamos en el Lejano Oeste ni a
mediados del siglo XIX; estamos en Gran Bretaña y en el siglo XXI, y lo
manejaremos de modo efectivo y de manera civilizada". La referencia sirve
al autor para analizar los parámetros por los cuales se permite y se restringe una
mayor violencia institucional.-
Las formas
"civilizadas" funcionarán como una señal identificadora de distinción
(sociedad organizada, occidental y desarrollada) en oposición a los gulags del
bloque del Este, los países del Tercer Mundo y el Mundo Islámico.-
Sin duda, el autor
se ubica en una esfera por el cual la civilización regirá los hilos del castigo
conforme al racionalismo dominante. Así, se recalcará que la forma de
desenvolverse de la violencia penal será a través de un castigo dispensado con
frugalidad productiva que reforme y rehabilite a los "criminales".-
Es por ello que el
faire le mal pour le plaisir de le faire será desplazado por la forma
"civilizada" en que se impondrán las pautas culturales del castigo.
No obstante, ello importará la instrumentación de la cárcel como dispositivo de
poder que asumirá las tareas de realizar un disciplinamiento social sobre los
cuerpos refractarios aceptando sin más las prohibiciones del ordenamiento de
trasgresión de la modernidad.[1]
Con lucidez, Pratt
describe cómo aquel proceso "civilizatorio" que aspira a evitar la
crueldad, ha "apagado su luz" llevando a cabo monstruosos actos donde
cohabitan pacíficamente los modales civilizados con el asesinato en masa.[2]
La imprecisa forma
que civiliza también sacrifica y extermina, furtiva tras la razón ilustrada. Es
entonces, que las racionalidades inmanentes a la proyección de civilización
redefinen el espacio estratégico de imposición de aflicción como nueva forma
del Holocausto.[3]
En este sentido, es
sustancial el paso ulterior al que el criminólogo del Institute of Criminology
de Victoria University of Wellington recurre en su análisis intentando reflejar
cómo se establecieron originalmente las características de un sistema de
castigo que llegó a asumir las cualidades que eran "civilizadas".-
La pretensión
alcanza los puntos estudiados anteriormente de la civilización como estado
actual del desarrollo en un proceso histórico sociocultural que representa el
resultado global de cambio,[4] y en cuyas consecuencias se advierten la mayor
autoridad y control por parte del Estado y la interiorización de los ciudadanos
de las restricciones, controles e inhibiciones de su conducta al ordenarse sus
valores conforme a una mayor sensibilidad.-
Dentro de dicho
proceso, la composición de la fuerzas penales se vuelve contingente en un
continuo movimiento hacia atrás y adelante que implicará la determinación de
valores y expectativas en el marco de la civilización. Ello conllevará, según
Pratt, la configuración de un sistema de castigos adecuado a lo esperado,
encubriendo los castigos más desagradables.-
Asimismo, se aleja
en su análisis del noruego Nils Christie al señalar en oposición a éste, que la
liberación de valores y sentimientos humanos como contrapartida de las
tendencias hacia el gulag conseguirá una mayor probabilidad de producción de
éstos con el agravamiento que se acentuará el espiral del control penal
liberando las propensiones humanas de crueldad y violencia.-
La manifestación de
la racionalidad que subyugará a las sociedades civilizadas tendrá a la
racionalización y burocratización del proceso penal como acontecimiento más
significativo con referencia al castigo, en los siglos XIX y XX,[5] donde
expondrá su rostro más atroz colocándonos el "velo" que oculte la
actuación punitiva más brutal.-
b) Fiesta punitiva
y civilización.-
La ejecución
pública de Michael Barret, última realizada en Inglaterra en 1868, marca un
hecho significativo en el que Pratt avizora, en su segundo capítulo de la obra,
el período en el cual la sociedad británica de fines del siglo XIX aspira a
"sanear el sufrimiento".-
La
"desaparición del espectáculo punitivo" implicará el crecimiento
administrativo de la actuación estatal, y la asunción de nuevos caracteres
culturales que diagramarán de forma diferencial la imposición del castigo,
donde éste "tenderá a convertirse en la parte más oculta del proceso
penal".[6]
La asimilación de
las formas en la contingencia de los procesos de civilización, implicará una
nueva estrategia en la que el carnaval del castigo se reducirá a un minúsculo
"pedazo de papel".-
No escapa a esta
formulación, la superación de un estado primitivo en el cual se aspiraba a
establecer una mayor estado de civilización, entendiendo por ello en dicho
contexto la eliminación de la morbosidad frente al dolor y la humanización
asumida (y escondida) por la actuación estatal.-
En este sendero,
establece el autor en su capítulo tercero, las principales funciones que tendrá
la cárcel al ocultar las escenas y las prácticas que se habían vuelto ofensivas
y censurables, puesto que se ubicarán en la ajenidad de la mirada pública.-
La cárcel ahora, se
ubicará como espacio "civilizado" de castigo sujeto a una extrañeidad
de lo público, legítimo y normal. Así, se convertirá en una institución total,
donde enormes barreras se oponen a la interacción con el exterior construyendo
en ese sentido altos muros, grandes puertas blindadas, alambrados
electrificados, garitas de control de entrada, ventanas con barrotes, etc.[7]
Resulta
paradigmático, en esta dirección, la prisión de Pentoville[8] inaugurada en
1842 en Londres, la cual demostraba el paso a la civilización transformando al
carnaval ruidoso y de mal gusto del castigo público, por el encarcelamiento
cuya finalidad no era rehabilitar y resocializar sino retener hasta el traslado
para la ejecución.-
La austeridad
funcional de cualquier régimen carcelario asumió con Pentoville sus primeros
atisbos de actuación, convirtiéndose ésta en el modelo a seguir. Pero si bien
los continuos intentos de ocultar o camuflar la prisión fueron prolíficos, tras
el crecimiento urbano de las ciudades inglesas de fines de siglo XIX y
principios del siglo XX, una nueva estrategia fue necesaria a fin de esgrimir
un modelo en el cual la cárcel fuera eliminada del paisaje urbano de la
sociedad civilizada.-
De esta manera, las
continuas disputas estructurales de la civilización, habían permitido que el
castigo pasara de ser una fiesta del pueblo, a ocultar la prisión tras la nueva
arquitectura y a ser por último, eliminada de la vista de los ciudadanos.-
El desplazamiento a
yermos rurales o guetos en el interior de la ciudad, demostraba una perspectiva
en el que la mirada del público tuviera signos de desaprobación. Sin embargo,
el paso siguiente que urdió la administración estatal, fue un programa de
construcción de cárceles de aspecto neutral con el objeto de que se vuelva
invisible el dolor impuesto.-
La representación
simbólica se ocultaba tras la venda colocada ante los ojos de los ciudadanos a
través de cárceles de arquitectura agradable. Aquel ideal de prisión como lugar
agreste y aislado del perímetro de la ciudad[9] se desplazará hacia diseños que
harían completamente anónimos a los miembros del público la presencia de las cárceles
que se encontraban en el mundo civilizado.-
Prototipo de dichas
construcciones será la prisión de Long Martin que representará a mediados del
siglo XX, la prisión oculta tras la simbiosis con el diseño urbano.-
c) La construcción
del disciplinamiento.-
La modificación
denigrante de las costumbres tenía que asumir en la cárcel una gama de
condiciones que producirán un disciplinamiento introyectado en las conductas de
las personas. La comida carcelaria y la vestimenta por un lado, y la higiene personal
por el otro, operarán de esta forma con rigidez en la tensión de dichas
condiciones en la austeridad de disposición de recursos.-
En este sentido,
señala Pratt que durante la primera mitad del siglo XIX se buscaba por parte de
las autoridades una alta calidad de la dieta dado que era inadmisible que esta
sea utilizadas como "instrumento de castigo" en virtud de las
reformas humanitarias introducidas fundamentalmente por la críticas formuladas
por reformadores de la Ilustración como John Howard.-
Peso a ello, dichos
esfuerzos quedarían subordinados al imperativo de la práctica social inglesa y
de las condiciones de vida menos favorables que debían tener los encarcelados
en relación a los ciudadanos libres más pobres, conforme lo prescribía el principio
de menor poder de elección.-
Subyace bajo dicha
política, el principio de economía impuesto por Jeremy Bentham en su Panóptico
por el cual bajo la regla de severidad el condenado debe vivenciar peores
condiciones que en libertad como medio para desactivar el aliciente a
delinquir.[10]
Pero a mediados del
siglo XX se atenúan las condiciones que hacía operar el principio de less
elegibility como consecuencia del Welfare State [11] en el que la prisión
adquiere nuevamente un aumento de recursos.-
Así, Pratt afirma
que la diferencia de hecho entre los presos de la década del 60 y el resto de
la población en la sociedad británica, era que estaban en prisión; no las
condiciones de la vida carcelaria.-
Volverá a
invertirse la situación como paradigma reaccionario del capitalismo tardío
(Spätkapitalismus) en la negación de beneficios dentro del sistema represivo al
sostenerse que solo pueden existir "cárceles sin comodidades" como
producto de la segregación punitiva actual.-
En el quinto
capítulo de la obra en análisis, la mirada se dirige hacia el lenguaje penal en
el cual se despojará de la fuerza emotiva peyorativa conforme a una
humanización más acentuada. Tuvo su punto máximo en la realización de una
sintaxis comprensiva desplazando términos como "convicto" y
"preso" por el de "educando", intentando descomprimir el
vínculo estigmatizante.-
Esto sería
modificado por un lenguaje de mayor intolerancia del público que vuelve a
retomar el control discursivo, convirtiendo a las víctimas en las únicas exponentes
del reclamo mediático que sujetará a los actores políticos y judiciales.-
La humillación
permanente que se traduce en las biografías de los encarcelados (capítulo VI)
destruye los lineamientos que se establecieron como "civilizados" que
no obstante, se habían impuesto en el "afuera".-
Solos y entre muros
estarán sujetos al dolor que disciplinará inexorablemente sus almas.-
d) El racionalismo
burocrático: más allá del gulag.-
En la parte final
del trabajo (capítulos VII-IX) reflexiona el autor sobre la contraposición que
había surgido en la visión formal u oficial, y de aquellos que sufrían la
actuación punitiva.-
La imposición de la
perspectiva formal era consecuencia inevitable de dos rasgos que predominarán
en el discurso dominante de los siglos XIX y XX: la burocratización por un
lado, y la indiferencia del público, por el otro.-
La estructura
administrativa recortará la percepción por la cual se deslinda el conflicto
como propiedad de los particulares.[12] Ante ello, pareciera no haber una
bifurcación de los rasgos dominantes en el modelo discursivo sino la
preeminencia del racionalismo impuesto por las burocracias del aparato estatal,
de modo que asumió las formas legítimas por las que se pierde la autonomía, con
lo cual el público no resulta indiferente sino que él mismo es apartado de sus
intereses.-
Precisamente, cree
el autor que el segundo rasgo descripto es triunfo del proceso burocrático y la
imposición de su "verdad", cuya ramificación coercitiva modificará
por completa la conducta del cuerpo social.-
De hecho, hasta
comienzos del siglo XIX, el público ocupaba un lugar central en el
procedimiento del castigo, que será desplazado a partir de la indiferencia
moral hacia las prisiones y lo que sucedía en ellas.-
Es en esta parte,
que se vuelve sustancial el estudio de la obra al determinar los efectos del
proceso civilizador sobre el discurso penal en Inglaterra, donde se había
establecido un marco caracterizado por una completa ausencia de castigo
corporal, un aparato punitivo en gran medida invisible, un esfuerzo por
aminorar las sanciones penales y un lenguaje penal esterilizado, desprovisto de
expresiones emotivas.-
Asimismo, estos
procesos de civilización parecen mostrar una modificación en cuanto a sus
grados de realización donde la referencia es la sociedad contemporánea
occidental y desarrollada. El colapso de la civilización, determinará el paso
de una prisión civilizada a una incivilizada, un aumento del encarcelamiento y
de las condiciones de deterioro a través de la negación de recursos y por
último, una administración penal fragmentada.-
La política
neoliberal que morigera la asistencia social y aplica una programa penal más
represivo y menos garantista[13] requerirá una eficiencia mayor que tenderá a
la privatización de las fuerzas represivas.-
Aparece en dicho
cuadro, lo remarcado por Pratt en referencia a una serie de reversiones y
discontinuidades en el cual reaparecen la prisión, se degradarán sus
condiciones y existirá una mayor severidad del lenguajes penal.-
No obstante, esta
nueva configuración del poder penal no significará, según explica el autor, una
reversión plena del proceso civilizador. Se producirá una maquinaria
modernizante y eficiente del castigo en conjunción con la materialidad punitiva
de la gente.-
El surgimiento en
las últimas dos décadas de las nuevas criminologías de la vida cotidiana como
parte de la interacción social y como riesgo habitual que debe ser calculado,
del delito como oportunidad y la prevención situacional, y que se ha vuelto un
recurso crucial para las autoridades políticas,[14] engendrará una emergencia
penitenciaria y un aumento de los niveles de encarcelamiento.-
Ante ello, remarca
el autor, los gulags se vuelven una posibilidad en las sociedades occidentales
donde se predispone a ser manejado por el populismo punitivo de la opinión
pública debido a una mayor sensación de riesgo, tolerando mayores niveles de
represión penal y privación que en la mayoría de las otras sociedades
civilizadas.-
De esta forma,
queda explícita la tesis de John Pratt. Sumado a ello los altos niveles de
creación de enemigos como producto de la dicotomía inclusión / exclusión que
acentúa la marginalidad, un proceso pírrico, que involucra tanto a la sociedad
amplia como a los actores que atrapa endemonizando al "otro".[15]
Entonces, había una mirada que
presenta a los criminales como un "otro" diferente a
"nosotros" a quien se debe excluir a través de medidas de diversas
grados,[16] con el temor de alcanzar aquello que Bauman denomina heterofobia,[17]
por el cual la presión y la ansiedad haría sentir que se ha "perdido el
control" que deja librada a la interpretación basada en la interferencia
de un grupo extraño que debe apartarse.-
El texto de John
Pratt entonces, vislumbra cómo las grados de civilización sujetaron al poder
del castigo, en un estudio más amplio que el realizado por Elías[18] y
Garland.[19]
También resulta
trascendente cómo el racionalismo burocrático se oculta tras la regulación del
dolor y cómo la subjetivación de la violencia objetiva resulta fuente de
legitimación social[20] y la actuación punitiva acepta las formas violentas
como producto de la utilización de los aparatos represivos como instrumentos de
remercantilización.[21]
Aumenta así la
trampa selectiva que reconfigura el sentido y la representación de la cuestion
criminal.[22] La salida queda como interrogante perdurable en la tensión de las
discontinuidades de la criminalización.-
Solo nos queda la
imagen del que sufre y que tan bien retrató Charles Dickens en Las campanas:
"(...) Mirad caballeros
cómo vuestra leyes están hechas para ponernos trampas y perseguirnos cuando
llegamos a este punto. Yo trato de vivir en otro lugar y soy un vagabundo. ¡A
la cárcel!. Regreso aquí. Voy a buscar nueces en vuestro bosques y quiebro una
rama o dos. ¡A la cárcel!. Uno de vuestros guardas me ve a plena luz del día,
cerca de mi propia huerta, con un arma. ¡A la cárcel con él!. Cuando estoy
libre tengo una trifulca natural con un hombre. ¡A la cárcel con él!. Corto un
palo. ¡A la cárcel con él!. Me como una manzana o un nabo podrido. ¡A la cárcel
con él!. Queda ésta a una milla de distancia, y al regresar pido un poco de
limosna en el camino. ¡A la cárcel con él!. Al final, el alguacil, el guardia
me encuentra en cualquier parte, haciendo nada. A la cárcel con él, por vago y
porque es un conocido ex presidiario, y la cárcel es el único hogar que posee
(...)"[23]
[1] FOUCAULT,
Michel, La vida de los infames, Buenos Aires, Altamira, 1996, p.13.
[2] BAUMAN,
Zygmunt, Modernidad y holocausto, Madrid, Sequitur, 1997.
[3] CHRISTIE, Nils,
La industria del control del delito.¿La nueva forma de Holocausto?, Buenos
Aires, Del Puerto, 1993, p.166.
[4] ELíAS, Norbert,
El proceso de la civilización. Investigaciones sociogenéticas y psicogenéticas,
Buenos Aires, Fondo de Cultura Económica, 1993.
[5] SPIERENBURG, Pieter, The spectacle of suffering. Executions
and the evolution of de repression: from a preindustrial metropolis to the
European experience, Cambridge /New
York/Melbourne , Cambridge ,
University Pres, 1984, p.80, citado por GARLAND, David, Castigo y sociedad
moderna. Un estudio de teoría
social, México, Siglo XXI, 1999, p.212.
[6] FOUCAULT,
Michel, Vigilar y castigar. Nacimiento de la prisión, Madrid, Siglo XXI, 1998,
pp.16 y 17.
[7] GOFFMAN,
Erving, Internados. Ensayos sobre la situación social de los enfermos mentales,
Buenos Aires, Amorrortu, 1984, p.18
[8] Para un
análisis de la prisión moderna, ver MATTHEWS, Roger, Pagando tiempo. Una
introducción a la sociología del encarcelamiento, Barcelona, Bellaterra, cap.I.
[9] MESSUTI, Ana,
El tiempo como pena, Córdoba, Marcos Lerner, 1989, p.33.
[10] MARÍ, Enrique,
La problemática del castigo. El discurso de Jeremy Bentham y Michel Foucault,
Buenos Aires, Hachette, 1983, p.146.
[11] GARLAND,
David, La cultura del control, Barcelona, Gedisa, 2005, p.103.
[12] CHRISTIE,
Nils, Los conflictos como pertenencia, en A.A.V.V., De los delitos y de las
víctimas, Buenos Aires, Ad-hoc, 1992.
[13] WACQUANT,
Loïc, Las cárceles de la miseria, Buenos Aires, Manantial, 2000.
[14] GARLAND,
David, La cultura del control, cit., pp.53 y 217.
[15] YOUNG, Jack,
La sociedad excluyente. Exclusión social, delito y diferencia en la modernidad
tardía, Barcelona, Marcial Pons, 2003, pp.155 y ss.
[16] GARLAND , David,
The limits of the sovereign State. Strategies
of crime control in contemporary societies, en "British Journal of
Criminology" Vol.36, Nº 4, 1996, pp.445-471, citado por SOZZO, Máximo,
Usos de la violencia y construcción de la actividad policial en la Argentina,
p.236.
[17] BAUMAN,
Zygmunt, Modernidad y holocausto, cit., p.64.
[18] ELíAS,
Norbert, El proceso de la civilización. Investigaciones sociogenéticas y
psicogenéticas, cit..
[19] GARLAND,
David, Castigo y sociedad moderna. Un
estudio de teoría social, cit., capítulo
10.
[20] GRÜNER,
Eduardo, Política, violencia y dominación subjetiva, Tesis III, p.25, en Atilio
BORÓN e Isidoro CHERESKY (comps.),
Desarrollos de la teoría política contemporánea, Buenos Aires, Homo
Sapiens Ediciones, p. 25.
[21] BAUMAN, Zygmunt, Legisladores e interpretes. Sobre la modernidad, la posmodernidad y los
intelectuales, Universidad de Quilmes, 2005, pp.265 y 266.
[22] BISCAY, Pedro
y VACANI, Pablo, Racionalidades punitivas y emergencia penitenciaria.
Reformulaciones a la judicialización de la pena a partir de la lógica de los
campos , en "Lecciones y Ensayos" Nº 81, Buenos Aires, Lexis Nexis,
2005, p.170.
[23] DICKENS,
Charles, Las campanas, Buenos Aires, Nuevo Siglo, 1996, p.90
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